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Santiago de Compostela

Condenan a prisión a un conductor por haber causado un accidente mortal en Santiago

El tribunal lo declara culpable de homicidio por imprudencia grave, lesiones y abandono del lugar del siniestro

Imagen de archivo de un tramo de la N-525 a su paso por Santiago
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La sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a tres años y medio de prisión a un conductor implicado en un accidente mortal registrado en la carretera N-525, en sentido salida de Santiago de Compostela hacia el municipio de Boqueixón, durante la madrugada del 3 de octubre de 2020. El siniestro se produjo en un tramo ascendente con ligera curva y el pavimento mojado por la lluvia, circunstancias que aumentaban el riesgo de perder el control del vehículo, según recoge la sentencia.

Además de la pena de prisión, la Audiencia impone al condenado una multa de 3.000 euros y la retirada del permiso de conducir durante cinco años, al considerarlo autor de un delito de homicidio por imprudencia grave, otro de lesiones imprudentes y un tercero de abandono del lugar del accidente.

Una aceleración imprudente desencadenó la colisión

El tribunal considera probado que el conductor, tras mantener una discusión durante el trayecto, incrementó la velocidad por encima del límite permitido al coincidir con otro vehículo que estaba intentando adelantarlo. Según el fallo, lo hizo “en estado de agitación” y sin atender a las condiciones de la vía —curva y asfalto mojado—, lo que derivó en una pérdida de control del coche, la invasión del carril contrario y una colisión múltiple que causó la muerte de una persona y lesiones graves a otra, que requirió intervención quirúrgica y un largo proceso de recuperación.

El conductor abandonó el lugar pese a ser consciente del siniestro

La sentencia subraya que, tras enderezar su vehículo, el conductor continuó la marcha sin detenerse, pese a ser plenamente consciente del accidente y de las peticiones de los ocupantes del coche para que parase. Esta conducta constituye, según la Sala, un acto de “total indiferencia” ante la gravedad de lo ocurrido.

Durante el juicio se debatió si el acusado había consumido alcohol o drogas antes de ponerse al volante. Sin embargo, la Audiencia concluye que “no se practicó prueba de cargo suficiente” para acreditarlo, por lo que lo absuelve de los delitos de conducción temeraria y contra la seguridad vial.

La resolución no es firme: contra ella cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.

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