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Santiago de Compostela

El portero de una discoteca deberá indemnizar con 10.000 euros a un cliente que golpeó

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La sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago de Compostela, ha condenado al portero de una discoteca, como autor responsable de un delito leve de maltrato y un delito leve de lesiones constitutivas de deformidad causadas por imprudencia menos grave, por los que deberá indemnizar al cliente con más de 10.000 euros.

El fallo, divulgado este lunes por el TSXG, contempla la concurrencia de la atenuante de dilaciones indebidas y lo condena también al pago de una multa de 1.080 euros por agredir a un cliente.

El tribunal considera probado que durante la madrugada del 31 de agosto de 2019 el portero requirió al denunciante para que saliese del local, al haberse quejado una camarera de su comportamiento, y lo acompañó hasta el exterior del establecimiento.

En la sentencia los magistrados explican que una vez allí, estando ambos en la acera contigua al local, el cliente, que se encontraba “fuertemente intoxicado por las sustancias que había ingerido esa noche”, intentó volver al interior del establecimiento, lo que el acusado no le permitió.

Al insistir y hacer el ademán de intentar entrar, el condenado, según la Sala, “le propinó un empujón no especialmente fuerte, pero que hizo que saliera impulsado hacia atrás y retrocediera, tambaleándose hasta caer sobre la calzada, por donde pasaba en ese mismo momento un vehículo”.

La conductora, pese a haber frenado rápidamente, no pudo evitar atropellarlo, según la resolución. Para la recuperación de las lesiones, la víctima requirió 48 días, 10 de los cuales estuvo impedida para desarrollar su ocupación habitual y uno de ellos fue de ingreso hospitalario.

Como secuelas, apuntan, además de la pérdida de una pieza dental y daños en los dientes, cicatrices en el segundo dedo de la mano y en la cresta ilíaca izquierda. Por ello, la Sala le ha impuesto el pago de una indemnización a la víctima de 10.147 euros.

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